LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE Y LOS FUNCIONARIOS PÙBLICOS.


Los funcionarios públicos venezolanos están amparados por una legislación moderna y muy precisa, con el Estatuto de la Funciòn Pública a la cabeza.
Y como principio fundamental deben ser respetados en sus decisiones políticas, sin que ello pueda constituir un menoscabo en sus derechos.
De tal manera que, en principio, tienen amplia libertad para decidir si participan en la consulta popular del domingo 16 de julio de 2017.
Del mismo modo, no pueden ser obligados a participar en la Asamblea Constituyente del 30 de julio de 2017, ni tampoco en apoyarla con su voto. Pueden votar nulo si lo desean.
Si se maltrata a los servidores públicos se ofende a la nación. Debemos respetar su decisión y en caso que se les lesione por hacerlo, los Colegios de Abogados de Venezuela deben constituir frentes de defensa de sus intereses y pelear hasta lo último por reivindicación. La soberanía popular así lo hará.
También ellos tienen derecho a escoger lo más conveniente para la democracia.

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