La pregunta de la reelección indefinida.
¿Aprueba usted la enmienda de los artículos 160, 162, 174, 192 y 230 de la Constitución de la República, tramitada por la Asamblea Nacional, que amplía los derechos políticos del pueblo con el fin de permitir que cualquier ciudadano o ciudadana, en ejercicio de un cargo de elección popular, pueda ser sujeto de postulación como candidato o candidata, para el mismo cargo por el tiempo establecido constitucionalmente, dependiendo su posible elección exclusivamente del voto popular?.
Con la sola primera lectura de esta extensa pregunta me vinieron en mente cuando menos tres formas de redactarla mejor y, una de ellas, con apenas quince palabras. La pregunta de la enmienda lleva setenta y cinco.
Empecemos por señalar que la expresión “dependiendo su posible elección exclusivamente del voto popular?” es lo que se llama una tautología, es decir, una repetición innecesaria, puesto que no puede ser de otra manera que por vía de elección popular cómo se escogen esos cargos en Venezuela.
Al señalarse “tramitada por la Asamblea Nacional”, se alude, precisamente, a un trámite y entonces debió indicarse lo relacionado con el mismo, es decir, fecha, número y demás datos identificatorios. La pregunta, entonces, hubiese sido más extensa aún y aún no quedaría bien.
¿Cómo es que el votante o elector va a votar por algo que se “tramitó” y que no le consta por ninguna parte en qué consiste, dónde lo puede estudiar o investigar ?
También es innecesario indicar que la reelección para el mismo cargo es “por el tiempo establecido constitucionalmente”, puesto que no puede ser de otra manera.
La parte de la pregunta “pueda ser sujeto de postulación como candidato o candidata, para el mismo cargo” es ambigua. No precisa que pueda ser reelegido, que es lo que sabemos que se busca. Una cosa es ser postulado y otra ser elegido. Entendemos el objetivo, es cierto, pero es que los términos jurídicos deben ser precisos. ¿No hubiera sido más fácil que esa parte de la pregunta fuese “pueda ser reelegido para el mismo cargo”?.
Si yo estuviese de acuerdo con la reelección indefinida de los cargos de elección popular, no aprobaría esta pregunta por confusa, ambigua e incompleta.
Estas son unas primeras observaciones y se refieren a la forma. Luego expondremos otras de fondo, principalmente eso que se llama la “extensión” en la pregunta de la enmienda.
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