RECAPITULANDO Y CONCLUYENDO CON LO DE LA ASAMBLEA NACIONAL
Ya está suficientemente aclarado lo
concerniente a la nulidad absoluta en la designación de los magistrados del
Tribunal Supremo de Justicia. Léase bien, todos los argumentos adicionales que
se han explicado contra la decisión cautelar de la Sala Electoral son igualmente
letales para dejarla sin efecto.
Pero el más contundente, inobjetable y
que deja poco margen de salida (ya diré por qué un “poco margen de salida”)
contra la juramentación de los 112 diputados, es el de la nulidad de las
designaciones de los miembros de Tribunal Supremo.
Creo que ya la Asamblea Nacional anda
en este último paso.
Ahora bien, para que esa nulidad
absoluta en las designaciones produzca sus efectos, hay que declararla. Tiene
que declararla la misma Asamblea Nacional.
¡ TIEEENE QUE DECLARARLAA LA ASAMBLEAA
NACIONAAAL ¡
Supongamos que se haga, como debe ser.
Se procede a notificar a los
magistrados de la decisión y aquí entra el “poco margen de salida”. ¿Por qué?
Porque, obviamente, en un Estado de Derecho, las personas afectadas por esa
decisión, pueden demandar la nulidad de la decisión de la Asamblea Nacional que
declare nula las designaciones de los jueces del 23 de diciembre.
Haya o no impugnación de la decisión
de la Asamblea Nacional, ésta debe proceder en forma inmediata a iniciar el
procedimiento correcto para designar todos los magistrados de todas las Salas
del TSJ, a fin de llenar las vacantes de los que fueron anulados. ¿Está claro
hasta aquí?
Al haberse separado los magistrados cuyos
nombramientos fueron declarados nulos, no podrán seguir actuando y todo lo que
hicieron, hacen y harán mientras no se separen, es nulo. ¿Por qué? Porque
siendo absolutamente nulas sus designaciones, la decisión de separarlos tiene
efecto retroactivo al momento de la designación y todo lo que hicieron es nulo.
Ello arrastra la sentencia cautelar de la Sala Electoral.
El nuevo TSJ que resulte de la nueva
actuación de la Asamblea Nacional será el que decidirá cualquier demanda o
recurso que se intente contra la nueva designación de magistrados. Inclusive, podría
ser – cosa que es bastante improbable, por las circunstancias ya explicadas en
otras entregas o que hemos compartido de otras personas – que la decisión
reivindique la designación de magistrados del 23 de diciembre.
Así es el derecho y la justicia cuando
se aplican como debe ser. Sería una justicia confiable sea lo que sea que
decida, cuando es impartida sin compromisos ni vacilaciones ni sobresaltos. Y los
ciudadanos debemos acatar los fallos que así se generen.
VICENTE AMENGUAL SOSA. ESPECIALISTA EN
DERECHO ADMINISTRATIVO. UCAB.
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