DEL ELITESCO Y ARROGANTE RECURSO DE CASACIÓN CIVIL.
DEL
ELITESCO Y ARROGANTE RECURSO DE CASACIÓN CIVIL.
Unos pocos cientos de abogados en la
capital de la República y un grupo no muy numeroso en las principales ciudades
del país, debe manejar en forma adecuada, al corriente de las “innovaciones” y
“nuevas técnicas”, el recurso de casación civil.
En los últimos años, por razones
laborales, he debido leerme una buena cantidad de recursos en esa materia y los
fallos que sobre ellos se producen.
En la forma más elemental que se me
ocurre, el recurso de casación civil no es otra cosa que llevar al máximo
tribunal de la República una denuncia contra una sentencia que no ha aplicado
correctamente la ley, indicándose por el recurrente cómo debió aplicarse la
misma y cuál habría sido el resultado de haberse hecho esa correcta aplicación.
Se persigue, de esa manera, la nulidad del fallo recurrido.
En eso, repito, consiste el objetivo
del necesitado de justicia en la Casación Civil, a lo que debe agregarse que el
texto constitucional y varios textos legales en aplicación de aquel, establecen
la simplicidad para plantear algún problema ante la justicia y también la de la
sentencia que deba resolver un asunto. Eso va armonizado con un propósito
fundamental de hallar la verdad por encima de cualquier forma, a lo cual se agrega
un sentido lacónico en todo cuanto se ventile y decida en un tribunal y, por
supuesto, en el Tribunal Supremo de Justicia.
En la práctica, sin embargo, la Sala
de Casación Civil ha diseñado (siempre y ahora más) un abigarrado y complejo
entramado de fórmulas para hacer denuncias en ella y no pocas veces (lo he
comprobado en muchas ocasiones) desechan, incluso con expresiones despectivas,
ataques o defensas que plantean problemas dignos de examinarse, aduciendo que
no se ha observado la técnica correcta de denunciar en Casación.
Pongo a título de ejemplo una
situación harto frecuente en el país, la cual puede tener miles de variantes
parecidas: Imagínense, por ejemplo, un abogado que está defendiendo por años un
cliente en Betijoque, Estado Trujillo y que en su afán por revertir las
derrotas que se le han infligido en los tribunales de esa entidad federal,
acude al máximo tribunal de la República por primera vez, lo que probablemente
hará unas pocas veces más en toda su vida.
No puede exigírsele a ese profesional
del Derecho que sea un especialista en Casación Civil, ni puede pensarse que
cualquier persona pueda pagar un abogado de la capital de la República que esté
“actualizado”. No.
Lo que interesa es que esa persona y
su abogado puedan llevar, en términos simples, su verdad al máximo Tribunal y
recibir justicia, sin que sea víctima de un lenguaje que es elitesco, de unas
formas que son de sectas jurídicas y de unos cambios de criterio en las
interpretaciones legales, que por diversas razones no pueden fluir tan
fácilmente a todo el mundo jurídico, aun existiendo medios globales de
comunicación.
En conclusión, para acometer el
postulado social de la justicia previsto en la Constitución y lograr su
objetivo, es necesario que la Sala de Casación Civil, al igual que como se hizo
en materia de amparo constitucional por la Sala Constitucional, establezca uno
o varios modelos, según sea el caso, de denunciar una sentencia que ha violado
la ley, en términos que sean accesibles a todos los abogados, a la población en
general, a los necesitados de justicia, se encuentren en donde se encuentren y
tengan los recursos económicos que tengan.
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