LA EXHAUSTIVIDAD DE TODA SENTENCIA

Es un principio cardinal del proceso civil venezolano, el de la exhaustividad de la sentencia que dicte un tribunal de la República para dirimir una controversia.

Eso quiere decir, simple y llanamente, que el juez está obligado a pronunciarse sobre todo aquello que las partes han alegado en el curso de un juicio, así parezcan innecesarias.

De no hacerlo, ya el juez está incurriendo en una falla procesal que podría afectar el fallo dictado. En muchos casos, es cierto que cuando el juez se pronuncia sobre el aspecto básico de la controversia y deja a un lado otros aspectos, bien puede ser ratificada su decisión. Y sucede con frecuencia.

Pero no siempre hay esa claridad abrumadora, por lo que es conveniente que se resuelvan todas las alegaciones hechas y pronunciamiento sobre todas las pruebas.

Un fallo con esas carencias acotadas puede ser revocado por la instancia superior o ser resuelto posteriormente en la casación venezolana.

Eso se está viendo muchos en estos tiempos.

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