CERRAR ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES.
Los agentes de los diversos organismos facultados para imponer cierre de establecimientos comerciales, bajo el señalamiento de cometer infracciones, están en la obligación de abrir un procedimiento previo (recordar que la presunción de inocencia es de orden constitucional), que puede ser brevísimo y así ofrecer al presunto infractor la posibilidad de defenderse, por más evidente que pueda parecer su falta. No. Se llega, se presume y se tranca. Y los más perjudicados son los ciudadanos, máxime cuando se trata de artículos de primera necesidad, como puede ser una farmacia. ! A agarrar clases de Derecho Administrativo !