NO PUEDE PÁ PIERDE CON NADIE.

La expresión técnica "costas procesales" es en lenguaje simple " el costo de los juicios (pago de gastos, tales como expertos, y los honorarios de abogados). La regla es que el perdedor de un juicio puede ser condenado al pago de esos gastos hechos por la contraparte. Pero...pero el Estado en cualquiera de sus formas puede litigar y no puede ser condenado a pagar esos costos. pues a ssí lo establece la ley. Entonces, generalmente, en este país se ha hecho uso y abuso de ese privilegio, pues el Estado pelea así tenga plena conciencia de no tener razón, pues nunca va a pagar esos costos del juicio. Es otra cosa que habrá que replantearse en el futuro.

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